Art. 1
Umbral de dimensión económica
En vigor desde 25 oct 2024
Artículo 1
Umbral de dimensión económica
El umbral de dimensión económica contemplado en el artículo 5, apartado 1, párrafo primero, del Reglamento (CE) n.o 1217/2009 se establece en el anexo I del presente Reglamento.
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