Art. 257

Informe de situación sobre cuestiones contables

En vigor desde 23 sept 2024
Artículo 257 Informe de situación sobre cuestiones contables A más tardar el 15 de septiembre de cada ejercicio, el contable de la Comisión enviará al Parlamento Europeo y al Consejo un informe con información relativa a los riesgos actuales y las tendencias generales que haya observado, los nuevos problemas contables detectados y los progresos realizados en cuestiones de contabilidad, incluida la información señalada por el Tribunal de Cuentas, y la información sobre los cobros.
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