Art. 224

Estrategia de financiación diversificada

En vigor desde 23 sept 2024
Artículo 224 Estrategia de financiación diversificada 1.   La Comisión aplicará una estrategia de financiación diversificada que incluya los empréstitos autorizados con arreglo al artículo 5, apartado 1, de la Decisión (UE, Euratom) 2020/2053 y, salvo en casos debidamente justificados, las operaciones de empréstito y de gestión de la deuda para financiar los programas de asistencia financiera. La estrategia de financiación diversificada se aplicará mediante todas las operaciones necesarias destinadas a lograr una presencia regular en el mercado de capitales, se basará en la puesta en común de instrumentos de financiación y hará uso de un fondo de liquidez común. 2.   La Comisión establecerá las modalidades necesarias para la aplicación de la estrategia de financiación diversificada. La Comisión informará periódica y exhaustivamente al Parlamento Europeo y al Consejo de todos los aspectos de su estrategia de empréstito y de gestión de la deuda.
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