Art. 1

Objeto

En vigor desde 18 sept 2024
Artículo 1 Objeto 1.   El presente Reglamento: a) establece medidas de conservación y ordenación e incorpora al Derecho de la Unión las modificaciones del régimen de control y ejecución adoptadas por la Comisión de Pesquerías del Atlántico del Nordeste (en lo sucesivo, «régimen de la CPANE»); b) establece medidas aplicables a determinadas pesquerías pelágicas situadas en la zona del Convenio y en las aguas de la Unión de la zona del Comité de Pesca para el Atlántico Centro-Oriental (CPACO), tal como se especifica en el anexo II del Reglamento (CE) n.o 216/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo (17), y c) modifica determinadas disposiciones de los Reglamentos (CE) n.o 1224/2009 y (UE) 2019/1241. 2.   El presente Reglamento se aplicará no obstante a las obligaciones establecidas en los Reglamentos vigentes en el sector de la pesca, en particular el Reglamento (UE) 2017/2403 del Parlamento Europeo y del Consejo (18), el Reglamento (CE) n.o 1005/2008 del Consejo (19) y el Reglamento (CE) n.o 1224/2009.
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