Art. 4

Contenido del Portal

En vigor desde 24 abr 2024
Artículo 4 Contenido del Portal 1.   El Portal incluirá lo siguiente: a) datos sobre las emisiones de contaminantes contempladas en el artículo 6, apartado 1, letra a); b) datos sobre las transferencias fuera del emplazamiento de los residuos contemplados en el artículo 6, apartado 1, letra b), y de los contaminantes en aguas residuales contemplados en el artículo 6, apartado 1, letra c); c) información sobre instalaciones individuales, notificada por los Estados miembros a la Comisión de conformidad con la Directiva 2010/75/UE, y en particular con su artículo 72; d) datos sobre el uso del agua, la energía y las materias primas pertinentes a que se refiere el artículo 6, apartado 1, letra d); e) la información contextual a que se refiere el artículo 6, apartado 1, letra e); f) datos sobre las emisiones de contaminantes procedentes de fuentes difusas contempladas en el artículo 8, apartado 1, cuando se disponga de tales datos. 2.   El Portal incluirá enlaces a: a) los registros nacionales de emisiones y transferencias de contaminantes establecidos por los Estados miembros de conformidad con el Protocolo; b) otros registros, bases de datos o sitios web de acceso público existentes, establecidos a escala de los Estados miembros o de la Unión, que den acceso a los datos relativos a los requisitos de notificación establecidos en el Derecho de la Unión en materia de cambio climático, protección del aire, el agua y el suelo, y gestión de residuos.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2024:1244:oj#art-4

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil