Art. 97

Entrada en vigor y fecha de aplicación

En vigor desde 11 abr 2024
Artículo 97 Entrada en vigor y fecha de aplicación El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 13 de mayo de 2024. No obstante, el artículo 10, apartados 4 y 5, el artículo 39, apartado 1, y el artículo 45 serán aplicables a partir del 1 de enero de 2025.
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