Art. 97
Entrada en vigor y fecha de aplicación
En vigor desde 11 abr 2024
Artículo 97
Entrada en vigor y fecha de aplicación
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Será aplicable a partir del 13 de mayo de 2024.
No obstante, el artículo 10, apartados 4 y 5, el artículo 39, apartado 1, y el artículo 45 serán aplicables a partir del 1 de enero de 2025.
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