Art. 16

Mantenimiento, disponibilidad del sistema y disponibilidad de datos

En vigor desde 2 abr 2024
Artículo 16 Mantenimiento, disponibilidad del sistema y disponibilidad de datos 1.   La Comisión facilitará, a través del portal en línea, las directrices e instrucciones para registrar y gestionar los modelos en el sistema de cumplimiento del EPREL. 2.   La Comisión prestará un servicio de asistencia para garantizar que los proveedores y las autoridades de vigilancia del mercado reciban asistencia técnica. El servicio de asistencia estará disponible durante los días laborables para la Comisión en el horario normal de trabajo, tal como se establece anualmente en la Decisión de la Comisión sobre los días festivos para los funcionarios y otros agentes de la Unión Europea destinados en Bruselas y en Luxemburgo. Dichos días laborables se publicarán en el portal en línea. No obstante, se garantizará la asistencia técnica para las solicitudes urgentes entre el 27 y el 31 de diciembre. 3.   Los intercambios de mensajes escritos entre los proveedores y el servicio de asistencia se almacenarán durante seis meses tras la resolución del problema y se pondrán a disposición de las autoridades de vigilancia del mercado previa solicitud. 4.   La Comisión podrá suspender la disponibilidad del sistema de cumplimiento o del sistema público del EPREL, sin previo aviso, a causa de un funcionamiento incorrecto, un ciberataque o cualquier medida de seguridad urgente, e impedir el acceso a los sistemas hasta que se restablezca la seguridad. 5.   En caso de que la situación de indisponibilidad temporal o el funcionamiento incorrecto del sistema de cumplimiento del EPREL impidan el registro, la Comisión registrará los datos y el momento de la indisponibilidad, mantendrá un registro de la indisponibilidad y los pondrá a disposición de las autoridades de vigilancia del mercado y de los proveedores, previa solicitud, durante un período no inferior a cinco años. 6.   El sistema de cumplimiento y el sistema público del EPREL serán accesibles en todo momento, excepto durante los períodos necesarios y previamente anunciados de las actividades de mantenimiento, como la implantación de nuevas versiones de los programas informáticos. La Comisión notificará con antelación la inaccesibilidad en el sitio web de cumplimiento o en el sitio web público, según proceda. 7.   Ni la Comisión ni los proveedores serán considerados responsables de ninguna pérdida de datos introducidos en el EPREL derivada de causas ajenas a su voluntad.
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