Art. 70
Modificaciones del Reglamento (UE) 2019/817
En vigor desde 13 mar 2024
Artículo 70
Modificaciones del Reglamento (UE) 2019/817
En el artículo 6, apartado 2, del Reglamento (UE) 2019/817, se añade la letra siguiente:
«d)
una infraestructura de comunicación segura entre el PEB y el enrutador establecido por el Reglamento (UE) 2024/982 del Parlamento Europeo y del Consejo (*4).
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