Art. 2

Retirada del mercado

En vigor desde 8 mar 2024
Artículo 2 Retirada del mercado El aditivo para piensos tintura de genciana de Gentiana lutea L., autorizado con arreglo a la Directiva 70/524/CEE, se retirará del mercado por lo que se refiere a las especies y categorías de animales distintas de las mencionadas en el anexo.
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