Art. 13

Importaciones

En vigor desde 7 feb 2024
Artículo 13 Importaciones 1.   Como excepción a lo dispuesto en el artículo 4, apartado 2, y en el artículo 5, apartado 2, se autorizan las importaciones siguientes: a) sustancias que agotan la capa de ozono destinadas a ser usadas como materias primas de conformidad con el artículo 6; b) sustancias que agotan la capa de ozono destinadas a ser usadas como agentes de transformación de conformidad con el artículo 7; c) sustancias que agotan la capa de ozono destinadas a ser usadas para los usos esenciales de laboratorio y análisis a que se refiere el artículo 8; d) sustancias que agotan la capa de ozono destinadas a la destrucción por tecnología a que se refiere el artículo 20, apartado 6; e) sustancias que agotan la capa de ozono destinadas a la regeneración a que se refiere el artículo 12; f) bromuro de metilo para uso de emergencia de conformidad con el artículo 10; g) los halones recuperados, reciclados o regenerados, a condición de que se importen únicamente para usos críticos a que se refiere el artículo 9, apartado 1, por empresas autorizadas por la autoridad competente del Estado miembro interesado para almacenar halones para usos críticos; h) productos y aparatos que contengan halones o cuyo funcionamiento dependa de ellos a efectos de los usos críticos a que se refiere el artículo 9, apartado 1; i) productos y aparatos que contengan sustancias que agotan la capa de ozono o cuyo funcionamiento dependa de ellas para su destrucción, en su caso mediante la tecnología a que se refiere el artículo 20, apartado 6; j) productos y aparatos que contengan sustancias que agotan la capa de ozono o cuyo funcionamiento dependa de ellas a efectos de los usos esenciales de laboratorio y análisis a que se refiere en el artículo 8. 2.   Las importaciones a que se refiere el apartado 1 del presente artículo estarán supeditadas a la presentación de una licencia válida a las autoridades aduaneras expedida por la Comisión de conformidad con el artículo 16, excepto en el caso de depósito temporal.
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