Art. 1
En vigor desde 31 ene 2024
Artículo 1
Queda registrado el nombre «Sel de Camargue/Fleur de sel de Camargue» (IGP).
El nombre contemplado en el párrafo primero identifica un producto de la clase 2.6. – Sal, que figura en el anexo XI del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 668/2014 de la Comisión (3).
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