Art. 18

En vigor desde 19 ene 2024
Artículo 18 Toda información proporcionada o recibida de conformidad con el presente Reglamento será utilizada exclusivamente para los fines para los cuales se haya proporcionado o recibido.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2024:386:oj#art-18

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil