Art. 3

Significatividad de las posiciones de la cartera de inversión

En vigor desde 1 dic 2023
Artículo 3 Significatividad de las posiciones de la cartera de inversión Las entidades considerarán que una posición de la cartera de inversión es significativa en cualquiera de los supuestos siguientes: a) cuando el valor contable de los activos o pasivos denominados en una determinada moneda represente al menos el 5 % del total de los activos o pasivos financieros de la cartera de inversión; b) cuando el valor contable de los activos o pasivos denominados en una determinada moneda sea inferior al 5 % del total de los activos o pasivos financieros de la cartera de inversión y la suma de los activos o pasivos financieros incluidos en el cálculo sea inferior al 90 % del total de los activos o pasivos financieros de la cartera de inversión, excluidos los activos materiales.
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