Art. 13
Entrada en vigor y aplicación
En vigor desde 17 nov 2023
Artículo 13
Entrada en vigor y aplicación
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Será aplicable a partir del 1 de julio de 2025. No obstante, el artículo 6 será aplicable a partir del 12 de diciembre de 2023.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2023:2533:oj#art-13