Art. 14
Protección de datos
En vigor desde 9 nov 2023
Artículo 14
Protección de datos
La ABE podrá conservar los datos personales en un formato identificable durante un período máximo de diez años a partir de que la ABE los recopile y, cuando lo haga, suprimirá los datos personales al transcurrir dicho período. Sobre la base de una evaluación anual individualizada de su necesidad, se podrá suprimir datos personales antes de que transcurra dicho período máximo.
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