Art. 10
Liquidación del CEIC
En vigor desde 13 sept 2023
Artículo 10
Liquidación del CEIC
1. Los estatutos de un CEIC determinarán el procedimiento que debe seguirse en caso de liquidación dicho CEIC a raíz de una decisión de sus afiliados.
2. En caso de que el CEIC no pueda pagar sus deudas, se aplicarán las normas en materia de insolvencia del Estado miembro en el que el CEIC tenga su sede social.
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