Art. 92

Modificación de la Directiva 2008/98/CE

En vigor desde 12 jul 2023
Artículo 92 Modificación de la Directiva 2008/98/CE En el artículo 8 bis, apartado 7, de la Directiva 2008/98/CE se añade el párrafo siguiente: «En el caso de las pilas o baterías, según se definen en el artículo 2, punto 1, del Reglamento (UE) 2023/1542 del Parlamento Europeo y del Consejo (*4), los Estados miembros adoptarán medidas para garantizar que los regímenes de responsabilidad ampliada del productor establecidos antes del 4 de julio de 2018 cumplan lo dispuesto en el presente artículo a más tardar el 18 de agosto de 2025. (*4)  Reglamento (UE) 2023/1542 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de julio de 2023, relativo a las pilas y baterías y sus residuos y por el que se modifican la Directiva 2008/98/CE y el Reglamento (UE) 2019/1020 y se deroga la Directiva 2006/66/CE (DO L 191 de 28.7.2023, p. 1).»."
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2023:1542:oj#art-92

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil