Art. 5

Métodos de medición

En vigor desde 16 jun 2023
Artículo 5 Métodos de medición La información que debe suministrarse en aplicación de los artículos 3 y 4 se obtendrá mediante métodos de medición y cálculo fiables, exactos y reproducibles que tengan en cuenta los métodos de medición y cálculo más avanzados generalmente aceptados establecidos en el anexo IV.
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