Art. 2
Medidas transitorias
En vigor desde 12 may 2023
Artículo 2
Medidas transitorias
El producto primario para la producción de aromas de humo «TradismokeTM A MAX», que figura en el anexo del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 1321/2013, los aromas de humo derivados de él y los alimentos que contengan el producto primario para la producción de aromas de humo o los aromas de humo derivados de él que se hayan producido y etiquetado antes del 4 de junio de 2023 de conformidad con las normas aplicables antes del 4 de junio de 2023 podrán seguir comercializándose y utilizándose hasta que se agoten las existencias.
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