Art. 2
Cálculo de los requisitos de fondos propios por riesgo de mercado respecto de las posiciones de la cartera de inversión sujetas al riesgo de materias primas con arreglo al método estándar alternativo
En vigor desde 20 abr 2023
Artículo 2
Cálculo de los requisitos de fondos propios por riesgo de mercado respecto de las posiciones de la cartera de inversión sujetas al riesgo de materias primas con arreglo al método estándar alternativo
Cuando calculen los requisitos de fondos propios respecto de las posiciones de la cartera de inversión sujetas al riesgo de materias primas con arreglo al método basado en sensibilidades de conformidad con la parte tercera, título IV, capítulo 1 bis, sección 2, del Reglamento (UE) n.o 575/2013, las entidades utilizarán como base el último valor razonable disponible de dichas posiciones.
Las entidades valorarán dichas posiciones al valor razonable como mínimo mensualmente.
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