Art. 20

Plantillas de información cuantitativa anual para empresas de reaseguros cautivas — Información sobre el capital de solvencia obligatorio

En vigor desde 4 abr 2023
Artículo 20 Plantillas de información cuantitativa anual para empresas de reaseguros cautivas — Información sobre el capital de solvencia obligatorio 1.   Las empresas de reaseguros cautivas presentarán anualmente la información a que se refiere el artículo 304, apartado 1, letra d), del Reglamento Delegado (UE) 2015/35, utilizando las plantillas siguientes y con arreglo a las instrucciones que a continuación se indican: a) cuando la empresa utilice la fórmula estándar para el cálculo del capital de solvencia obligatorio, la plantilla S.25.01.21 del anexo I, que especifica el capital de solvencia obligatorio, siguiendo las instrucciones de la sección S.25.01 del anexo II; b) cuando la empresa utilice un modelo interno parcial o un modelo interno completo para el cálculo del capital de solvencia obligatorio, la plantilla S.25.05.21 del anexo I, que especifica el capital de solvencia obligatorio, siguiendo las instrucciones de la sección S.25.05 del anexo II.
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