Art. 1
Objeto y ámbito de aplicación
En vigor desde 17 feb 2023
Artículo 1
Objeto y ámbito de aplicación
El presente Reglamento establece normas para la realización de los controles oficiales contemplados en el artículo 21, apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/625, y en particular para las inspecciones con arreglo al artículo 20 del Reglamento (CE) n.o 1/2005.
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