Art. 25

Entrada en vigor

En vigor desde 30 ene 2023
Artículo 25 Entrada en vigor El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 1 de enero de 2023. No obstante, el artículo 24 será aplicable a partir del 1 de enero de 2022.
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