Art. 1

En vigor desde 21 dic 2022
Artículo 1 1.   Se autoriza la comercialización en la Unión de la forma en polvo liofilizado de micelios de Antrodia camphorata. La forma en polvo liofilizado de micelios de Antrodia camphorata se incluirá en la lista de la Unión de nuevos alimentos establecida en el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470. 2.   El anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470 se modifica de conformidad con el anexo del presente Reglamento.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_impl:2022:2535:oj#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil