Art. 1

Derogación del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 808/2014 y disposición transitoria

En vigor desde 1 dic 2022
Artículo 1 Derogación del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 808/2014 y disposición transitoria Queda derogado el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 808/2014 con efecto desde el 1 de enero de 2023. No obstante, seguirá aplicándose a la ejecución de los programas de desarrollo rural de conformidad con el Reglamento (UE) n.o 1305/2013 hasta el 31 de diciembre de 2025 y a los gastos efectuados por los beneficiarios y abonados por el organismo pagador en el marco de dichos programas de desarrollo rural hasta el 31 de diciembre de 2025.
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