Art. 3
Modificación del Reglamento Delegado (UE) 2016/1178
En vigor desde 25 oct 2022
Artículo 3
Modificación del Reglamento Delegado (UE) 2016/1178
En el artículo 3, apartado 2, párrafo primero, del Reglamento Delegado (UE) 2016/1178, la letra a) se sustituye por el texto siguiente:
«a)
30 de junio de 2025, en caso de que no se haya adoptado, respecto al tercer país considerado, una decisión de equivalencia de conformidad con el artículo 13, apartado 2, del Reglamento (UE) n.o 648/2012, a efectos del artículo 4 de dicho Reglamento, en relación con los contratos de derivados extrabursátiles contemplados en el anexo del presente Reglamento;».
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