Art. 1

En vigor desde 7 oct 2022
Artículo 1 Queda registrado el nombre «Garam Amed Bali/Bunga Garam Amed Bali» (DOP). El nombre contemplado en el párrafo primero identifica un producto de la clase 2.6, «Sal», del anexo XI del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 668/2014 de la Comisión (3).
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