Art. 1
En vigor desde 20 sept 2022
Artículo 1
En la segunda parte, capítulo 95, del anexo I del Reglamento (CEE) n.o 2658/87, la nota complementaria 1, letra b), se sustituye por el texto siguiente:
«b)
Los artículos de decoración de árboles de Navidad.
Se trata de artículos diseñados para colgar de un árbol de Navidad (es decir, artículos ligeros de un material generalmente no duradero concebidos para decorar un árbol de Navidad).».
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