Art. 1
En vigor desde 30 jun 2022
Artículo 1
Para el tema «innovación» mencionado en el anexo I del Reglamento (UE) 2019/2152, los Estados miembros transmitirán a la Comisión (Eurostat) los datos correspondientes al período de referencia de conformidad con los anexos I a III del presente Reglamento.
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