Art. 1

En vigor desde 29 jun 2022
Artículo 1 En el anexo II, parte E, del Reglamento (CE) n.o 1333/2008, en la categoría de alimentos 13.2 «Alimentos dietéticos destinados a usos médicos especiales, tal como se definen en la Directiva 1999/21/CE (excepto los incluidos en la categoría 13.1.5)», se añade la entrada siguiente: «E1201 Polivinilpirrolidona quantum satis solo en forma de comprimidos y grageas»
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