Art. 1
Autorización para establecer una excepción y condiciones para las cajas de municiones
En vigor desde 10 jun 2022
Artículo 1
Autorización para establecer una excepción y condiciones para las cajas de municiones
El material de embalaje de madera en forma de cajas utilizadas para el transporte de municiones, fabricadas antes del 1 de septiembre de 2007 y originarias de los Estados Unidos, bajo el control del Departamento de Defensa de los Estados Unidos («las cajas»), estará exento de los requisitos del artículo 43, apartado 1, del Reglamento (UE) 2016/2031, si:
a)
las casillas cumplen las condiciones establecidas en el anexo del presente Reglamento; y
b)
se cumplen los requisitos de los artículos 2, 3 y 4.
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