Art. 1

En vigor desde 7 abr 2022
Artículo 1 Se autoriza el uso como aditivo en la alimentación animal del preparado especificado en el anexo, perteneciente a la categoría de «aditivos zootécnicos» y al grupo funcional de «sustancias que influyen positivamente en el medio ambiente», en las condiciones establecidas en dicho anexo.
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