Art. 58
Requisitos de presentación y contenido de los informes periódicos de los productos financieros que tienen como objetivo una inversión sostenible
En vigor desde 6 abr 2022
Artículo 58
Requisitos de presentación y contenido de los informes periódicos de los productos financieros que tienen como objetivo una inversión sostenible
Para los productos financieros que tienen como objetivo una inversión sostenible, los participantes en los mercados financieros presentarán la información mencionada en el artículo 11, apartado 1, del Reglamento (UE) 2019/2088 en un anexo de los documentos o la información a que se refiere el artículo 11, apartado 2, de dicho Reglamento en el formato de la plantilla establecida en el anexo V del presente Reglamento. Los participantes en los mercados financieros incluirán en el cuerpo principal de los documentos o la información a que se hace referencia en el artículo 11, apartado 2, del Reglamento (UE) 2019/2088 una declaración bien visible de que la información sobre las inversiones sostenibles está disponible en ese anexo.
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