Art. 159
Revisión del anexo XIII
En vigor desde 2 dic 2021
Artículo 159
Revisión del anexo XIII
A más tardar el 31 de diciembre de 2025, la Comisión revisará la lista del anexo XIII sobre la base del acervo de la Unión en materia de medio ambiente y clima vigente en ese momento y, en su caso, presentará propuestas legislativas para añadir actos legislativos adicionales a dicha lista.
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