Art. 2

Definiciones

En vigor desde 19 nov 2021
Artículo 2 Definiciones A efectos del presente Reglamento, se aplicarán las definiciones siguientes: 1) «miembro distinto de la Unión»: todo Estado participante, miembro privado u organización internacional que sea miembro de una empresa común; 2) «miembro fundador»: toda entidad jurídica establecida en un Estado miembro, un país asociado a Horizonte Europa o una organización internacional que esté identificada como miembro de una empresa común en el presente Reglamento o en uno de sus anexos; 3) «miembro asociado»: toda entidad jurídica establecida en un Estado miembro, un país asociado a Horizonte Europa, o una organización internacional que se adhiera a una empresa común mediante la firma de una carta de compromiso de conformidad con el artículo 6, apartado 3, y previa aprobación de acuerdo con el artículo 7; 4) «Estado participante»: todo Estado miembro o país asociado a Horizonte Europa previa notificación de su participación en las actividades de la empresa común pertinente por medio de una carta de compromiso; 5) «miembro privado»: toda entidad jurídica, pública o privada, miembro de una empresa común distinta de la Unión, de los Estados participantes o de las organizaciones internacionales; 6) «entidades constituyentes»: las entidades que constituyen un miembro privado de una empresa común, cuando el miembro privado sea una asociación de conformidad con los estatutos de dicho miembro; 7) «socio contribuyente»: todo país, organización internacional o entidad jurídica distintos de un miembro de una empresa común, o bien una entidad constituyente de un miembro o una entidad afiliada de cualquiera de ellos, que promueva los objetivos de una empresa común en su ámbito específico de investigación y cuya solicitud haya sido aprobada de conformidad con el artículo 9; 8) «contribuciones en especie a actividades operativas»: contribuciones de miembros privados, entidades constituyentes o entidades afiliadas de cualquiera de ellos, organizaciones internacionales y socios contribuyentes, consistentes en los costes admisibles en que incurran al ejecutar acciones indirectas, menos la contribución de la empresa común en cuestión y de los Estados participantes en ella a dichos costes; 9) «actividad adicional»: actividad incluida en el plan anual de actividades adicionales anexo a la parte principal del programa de trabajo, que no recibe ayuda financiera de la empresa común, pero que contribuye a sus objetivos y está directamente relacionada con la adopción de los resultados de los proyectos en el marco de dicha empresa común o de sus iniciativas precedentes, o que tiene un valor añadido de la Unión significativo; 10) «contribuciones en especie a actividades adicionales»: contribuciones de los miembros privados, las entidades constituyentes o las entidades afiliadas de cualquiera de ellos, y de organizaciones internacionales, consistentes en los costes en que incurran al ejecutar actividades adicionales, menos cualquier contribución de la Unión y de los Estados participantes de dicha empresa común a esos costes; 11) «iniciativa precedente»: toda asociación constituida en uno de los ámbitos cubiertos por una empresa común que haya recibido ayuda financiera de uno de los programas marco de investigación de la Unión anteriores; 12) «Agenda Estratégica de Investigación e Innovación»: el documento que determina, para toda la duración de Horizonte Europa, las prioridades clave y las tecnologías e innovaciones esenciales que son necesarias para alcanzar los objetivos de una empresa común; 13) «programa de trabajo»: el documento al que se refiere el artículo 2, punto 25, del Reglamento sobre Horizonte Europa; 14) «conflicto de intereses»: una situación que afecte a un agente financiero u otra persona según el artículo 61 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046; 15) «nuevo participante»: toda entidad que reciba por primera vez una subvención concedida por una empresa común concreta o por su iniciativa precedente y que no sea miembro fundador de dicha empresa común ni de su iniciativa precedente.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2021:2085:oj#art-2

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil