Art. 1

En vigor desde 9 nov 2021
Artículo 1 El Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 se modifica como sigue: 1) En el artículo 3, apartado 1, la letra t) se sustituye por el texto siguiente: «t) el anexo XXI, en el caso de los animales acuáticos de especies de la lista, según se indica a continuación: i) la sección A de la parte 1, en el caso de los animales acuáticos de especies de la lista destinados a determinados establecimientos de acuicultura, a la liberación en el medio natural o a otros fines distintos del consumo humano, así como en el caso de determinados animales acuáticos de especies de la lista y productos de origen animal procedentes de esas especies de la lista que estén destinados al consumo humano; ii) la sección B de la parte 1, en el caso de los moluscos y crustáceos destinados a ser mantenidos con fines ornamentales en instalaciones cerradas.». 2) El anexo XXI se sustituye por el texto que figura en el anexo del presente Reglamento.
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