Art. 5

Períodos de referencia y fecha de referencia

En vigor desde 27 jul 2021
Artículo 5 Períodos de referencia y fecha de referencia 1.   El período de referencia para la recogida de estadísticas sobre el tema detallado «Interacción con las administraciones públicas» comprenderá los tres últimos trimestres de 2021 y el primer trimestre de 2022. 2.   El período de referencia para la recogida de estadísticas sobre los temas detallados «Conexión a internet desde cualquier lugar» y «Efecto de la utilización» será la última vez que la actividad haya sido realizada por el encuestado. 3.   Para todos los demás temas detallados, por lo que se refiere al tema «Participación en la sociedad de la información», el período de referencia será el primer trimestre de 2022. 4.   La fecha de referencia será la de la primera entrevista (DD.MM.AAAA).
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