Art. 22

Asistencia técnica por iniciativa de la Comisión

En vigor desde 7 jul 2021
Artículo 22 Asistencia técnica por iniciativa de la Comisión De conformidad con el artículo 35 del Reglamento (UE) 2021/1060, el Fondo podrá prestar apoyo a la asistencia técnica ejecutada por iniciativa de la Comisión, o en su nombre, con un porcentaje de financiación del 100 %.
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