Art. 1

Objeto

En vigor desde 7 jul 2021
Artículo 1 Objeto El presente Reglamento establece el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA) para el período comprendido entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2027. La duración del FEMPA se ajusta a la duración del marco financiero plurianual 2021-2027. El presente Reglamento establece las prioridades del FEMPA, su presupuesto y las normas específicas para la concesión de financiación de la Unión, que complementan las normas generales aplicables al FEMPA con arreglo al Reglamento (UE) 2021/1060.
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