Art. 2
Correcciones de las emisiones específicas medias de CO2
En vigor desde 10 jun 2021
Artículo 2
Correcciones de las emisiones específicas medias de CO2
En caso de que existan vehículos pesados que se ajusten a lo dispuesto en el artículo 1, apartado 5, las emisiones específicas medias anuales de CO2 del fabricante se corregirán como sigue:
(avgCO2sg)corr = (Vsg x avgCO2sg + Σv CO2Vv ) / (Vsg + Vocsg),
donde:
avgCO2sg
son las emisiones específicas medias de CO2 del fabricante definidas en el anexo I, punto 2.2, del Reglamento (UE) 2019/1242;
Vsg
es el número de vehículos pesados nuevos del fabricante del subgrupo de vehículos sg, excluidos los vehículos profesionales, de conformidad con el artículo 4, letra a), del Reglamento (UE) 2019/1242;
Σv es la suma correspondiente a todos los vehículos pesados del fabricante del subgrupo de vehículos sg, de conformidad con el artículo 1, apartado 5;
CO2Vv
es la media de las emisiones de CO2 en g/tkm del vehículo profesional v para todas las combinaciones diferentes de perfiles de misión, condiciones de carga y tipos de combustible, notificadas de conformidad con el Reglamento (UE) 2018/956;
Vocsg
es el número de vehículos pesados del fabricante del subgrupo de vehículos sg, de conformidad con el artículo 1, apartado 5;
Las emisiones específicas medias de CO2 del fabricante corregidas (avgCO2sg)corr
sustituirán a las emisiones específicas medias de CO2 del fabricante avgCO2sg
a efectos del Reglamento (UE) 2019/1242.
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