Art. 17

Operaciones de financiación mixta

En vigor desde 29 abr 2021
Artículo 17 Operaciones de financiación mixta Las operaciones de financiación mixta en el marco del Programa LIFE se ejecutarán de conformidad con el Reglamento (UE) 2021/523 y el título X del Reglamento Financiero, habiendo tenido debidamente en cuenta los requisitos de sostenibilidad y transparencia.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2021:783:oj#art-17

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil