Art. 31
Procedimiento de comité
En vigor desde 29 abr 2021
Artículo 31
Procedimiento de comité
1. La Comisión estará asistida por el Comité de Coordinación del Programa Europa Digital. Dicho comité será un comité en el sentido del Reglamento (UE) n.o 182/2011.
2. En los casos en que se haga referencia al presente apartado, se aplicará el artículo 5 del Reglamento (UE) n.o 182/2011.
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