Art. 2

Entrada en vigor y aplicación

En vigor desde 14 abr 2021
Artículo 2 Entrada en vigor y aplicación El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. El artículo 1, apartado 1, será aplicable a partir del 21 de abril de 2021.
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