Art. 13

Divulgación de información sobre las exposiciones al riesgo de contraparte

En vigor desde 15 mar 2021
Artículo 13 Divulgación de información sobre las exposiciones al riesgo de contraparte Las entidades divulgarán la información a que se refieren el artículo 438, letra h), y el artículo 439 del Reglamento (UE) n.o 575/2013 del siguiente modo: a) la información a que se refiere el artículo 439, letras a), b), c) y d), del Reglamento (UE) n.o 575/2013, utilizando el cuadro EU CCRA del anexo XXV del presente Reglamento y siguiendo las instrucciones que figuran en el anexo XXVI del presente Reglamento; b) la información a que se refiere el artículo 439, letras f), g), k) y m), del Reglamento (UE) n.o 575/2013, utilizando la plantilla EU CCR1 del anexo XXV del presente Reglamento y siguiendo las instrucciones que figuran en el anexo XXVI del presente Reglamento; c) la información a que se refiere el artículo 439, letra h), del Reglamento (UE) n.o 575/2013, utilizando la plantilla EU CCR2 del anexo XXV del presente Reglamento y siguiendo las instrucciones que figuran en el anexo XXVI del presente Reglamento; d) la información a que se refiere el artículo 439, letra l), del Reglamento (UE) n.o 575/2013, utilizando las plantillas EU CCR3 y EU CCR4 del anexo XXV del presente Reglamento y siguiendo las instrucciones que figuran en el anexo XXVI del presente Reglamento; e) la información a que se refiere el artículo 439, letra e), del Reglamento (UE) n.o 575/2013, utilizando la plantilla EU CCR5 del anexo XXV del presente Reglamento y siguiendo las instrucciones que figuran en el anexo XXVI del presente Reglamento; f) la información a que se refiere el artículo 439, letra j), del Reglamento (UE) n.o 575/2013, utilizando la plantilla EU CCR6 del anexo XXV del presente Reglamento y siguiendo las instrucciones que figuran en el anexo XXVI del presente Reglamento; g) la información a que se refiere el artículo 438, letra h), del Reglamento (UE) n.o 575/2013, utilizando la plantilla EU CCR7 del anexo XXV del presente Reglamento y siguiendo las instrucciones que figuran en el anexo XXVI del presente Reglamento; h) la información a que se refiere el artículo 439, letra i), del Reglamento (UE) n.o 575/2013, utilizando la plantilla EU CCR8 del anexo XXV del presente Reglamento y siguiendo las instrucciones que figuran en el anexo XXVI del presente Reglamento.
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