Art. 26
Consulta entre las autoridades aduaneras de los Estados miembros a través del sistema IAVE central
En vigor desde 8 mar 2021
Artículo 26
Consulta entre las autoridades aduaneras de los Estados miembros a través del sistema IAVE central
La autoridad aduanera de un Estado miembro utilizará el sistema IAVE central para consultar a la autoridad aduanera de otro Estado miembro a fin de garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 16, apartado 1, del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447.
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