Art. 4
Adecuación de la información presentada
En vigor desde 4 mar 2021
Artículo 4
Adecuación de la información presentada
A efectos del artículo 40, apartado 6, del Reglamento (UE) 2019/1238, los promotores de PEPP utilizarán las plantillas pertinentes establecidas en el anexo I del presente Reglamento para garantizar la adecuación permanente de la información presentada.
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