Art. 1

En vigor desde 22 ene 2021
Artículo 1 1.   En la lista de la Unión de nuevos alimentos autorizados establecida en el artículo 6 del Reglamento (UE) 2015/2283 e incluida en el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470, la entrada correspondiente al trans-resveratrol se modifica con arreglo al anexo del presente Reglamento. 2.   La entrada en la lista de la Unión contemplada en el apartado 1 incluirá las condiciones de uso y los requisitos de etiquetado que se establecen en el anexo.
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