Art. 30
Asistencia jurídica gratuita
En vigor desde 25 nov 2020
Artículo 30
Asistencia jurídica gratuita
El presente Reglamento no afectará a la aplicación del artículo 24 del Convenio de La Haya de 1 de marzo de 1954 relativo al procedimiento civil, ni del artículo 13 del Convenio de 25 de octubre de 1980 tendente a facilitar el acceso internacional a la justicia, entre los Estados miembros que sean parte en los mismos.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2020:1784:oj#art-30