Art. 28

Definiciones y requisitos aplicables al contingente arancelario con el número de orden 09.0151

En vigor desde 11 nov 2020
Artículo 28 Definiciones y requisitos aplicables al contingente arancelario con el número de orden 09.0151 1.   En el caso del contingente arancelario con número de orden 09.0151, a los efectos de la definición de «queso destinado a la transformación», se entenderá por «queso fundido» cualquier producto perteneciente al código NC 0406 30. 2.   Los productos que se importen en el marco del contingente arancelario con el número de orden 09.0151 se someterán al régimen de destino final de conformidad con el artículo 254 del Reglamento (UE) n.o 952/2013.
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