Art. 13

Entrada en vigor

En vigor desde 29 oct 2020
Artículo 13 Entrada en vigor El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 1 de enero de 2021, excepto el artículo 12, que será aplicable desde el 1 de noviembre de 2020 hasta el 31 de octubre de 2021.
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